domingo, 4 de marzo de 2012

CODIGO ETICA COMUNICADOR CIUDADANO

11.-CODIGO DE ETICA DE UN COMUNICADOR COMUNITARIO Concebimos el Código de Ética como un cuerpo normativo que prescribe pautas generales de carácter ético que deben guiar la conducta institucional de las organizaciones y emisoras asociadas a ANARCICH .Se trata de conductas no necesariamente exigidas jurídicamente, y que por lo tanto, no tienen respaldo externos como las normas legales ni gozan de un poder coercitivo externo que las haga cumplir. Pero son asumidas desde la interioridad del sujeto normado, del valor intrínsico que les asignan los propios sujetos que las adoptan como marco regulador de su conducta. FUNDAMENTO La ética del comunicador ciudadano tiene como cimiento el artículo 19 de la Declaración Universal de Derechos Humanos: Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión. Este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión. A partir de esta LIBERTAD RESPONSABLE podemos establecer los cuatro pilares fundamentales que sostienen la ética de todo Comunicador Ciudadano .: 1.- LA OBJETIVIDAD 2.- EL PLURALISMO 3.- LA LEALTAD A LA CIUDADANIA 4.- RESPETO 11.1.- OBJETIVIDAD La objetividad absoluta no es atributo de los sujetos humanos. Podemos, sin embargo, aproximarnos a ella. SER FIEL A LOS HECHOS No decir lo que no pasó ni dejar de decir lo que pasó. No tergiversar los datos ni sacarlos de contexto. Una media verdad suele ser una mentira completa. VERIFICAR LA FUENTE No dar como noticia los rumores ni las especulaciones La credibilidad de un medio está en relación directa a la veracidad de su información. RECURRIR A LA OTRA VERSIÓN Todo hecho, antes de ser dado como noticia, debe estar comprobado, al menos, en dos fuentes independientes entre sí. SELECCIONAR HECHOS POSITIVOS En los noticieros deben destacarse hechos constructivos donde la ciudadanía protagoniza cambios. Noticia no es equivalente a catástrofes, accidentes, crímenes o atrocidades. SEPARAR HECHOS DE COMENTARIOS Ambas funciones periodísticas (informar y opinar) son válidas y deben ejercitarse. Pero no mezclarse. Quien escucha tiene derecho a saber cuándo se trata de una cosa u otra. 11.2.- PLURALISMO La sociedad es plural. Los seres humanos tenemos ideas, opiniones y posiciones distintas. Un medio de comunicación social reflejará esta diversidad. DEMOCRATIZAR LA PALABRA Todas las voces se escucharán a través de una emisora que busca construir ciudadanía. El derecho a la diferencia implica el deber de la tolerancia. VARIEDAD DE FUENTES Todos los sectores sociales, mayoritarios o minoritarios, son fuentes informativas. Las entrevistas no privilegiarán autoridades o intelectuales. NINGUNA DISCRIMINACIÓN Ninguna persona vale más ni menos por consideraciones de raza, género, edad, nacionalidad, idioma, religión, condición social, opinión política, opción sexual o discapacidad. NINGUNA CENSURA Ninguna opinión será obstaculizada, ningún tema prohibido. Un medio democrático garantiza la libertad de expresión sin censuras previas ni represalias posteriores. NI AUTOCENSURA Tanto el público como periodistas y comunicadores podrán expresar sus puntos de vista, aun cuando éstos sean divergentes con la línea editorial de la emisora. DERECHO A RÉPLICA Quien se sienta agraviado por una información tiene derecho a defenderse a través del mismo medio donde ésta fue difundida. DEBER DE RECTIFICACIÓN Una información falsa o errónea debe ser rectificada inmediatamente y en el mismo espacio donde se difundió. NI AUTOCENSURA Tanto el público como periodistas y comunicadores podrán expresar sus puntos de vista, aun cuando éstos sean divergentes con la línea editorial de la emisora. Aplicando estos criterios, un medio de comunicación se volverá representativo de la sociedad plural en la que está inserto. 11.3.- LEALTAD CON LA CIUDADANÍA Objetividad y pluralismo. Y ahora, como tercer pilar, la independencia informativa. Veamos a qué se refiere esta característica. INDEPENDENCIA La información es poder. Por esta razón, quienes informan suelen estar asediados por gente ambiciosa que antepone sus intereses personales o institucionales a los de la sociedad. IMPARCIALIDAD Si quien informa manipula los hechos a favor de su partido político o su confesión religiosa, ya no es información sino propaganda o proselitismo. NO CALLARSE No intimidarse por amenazas, peligros o chantajes, vengan de donde vengan, orientados a amordazar a quienes informan. NO DEJARSE COMPRAR Rechazar dinero, viajes, donaciones o privilegios, de origen público o privado, dirigidos a interferir la labor informativa. NI VENDERSE Actitudes serviles ante los jefes o anunciantes para asegurar el puesto o no perder publicidad son también una forma de corrupción. TENER AGENDA PROPIA No ser repetidores de las grandes cadenas que, a su vez, suelen ser voceras de intereses económicos, políticos o militares. COMPROMISO CON LA CIUDADANÍA La primera lealtad, antes que con la institución donde cada quien trabaja, es con la comunidad. Los comunicadores y comunicadoras se deben al pueblo. 11.4.- RESPETO Objetividad, pluralismo e independencia. Pongamos la cuarta columna, el respeto, para completar los principios básicos de la ética informativa. RESPETO El primer respeto, obviamente, es con los hechos, con la realidad. Informar objetivamente es una muestra de honestidad intelectual. Proponemos un respeto múltiple: A LAS FUENTES INFORMATIVAS Es derecho y responsabilidad de quienes informan guardar reserva sobre sus fuentes de información. A LA VIDA PRIVADA El ámbito privado no debe ser objeto de información, siempre y cuando en dicho espacio no se violen los derechos de otras personas. AL PÚBLICO La presentación morbosa del sexo y la violencia ofende al público, aunque ese público parezca disfrutar esos escándalos. También resulta ofensivo el lenguaje sexista y excluyente A QUIENES PIENSAN DISTINTO Injuriar o calumniar a los opositores de muestra debilidad de argumentos y deshonra al agresor, no al agredido. La libertad de expresión no es pretexto para insultar a nadie. A SÍ MISMO Se requiere coherencia entre la palabra y la vida. Los Derechos Humanos que se proclaman por el micrófono deben cumplirse en la calle y en la casa, fuera y dentro de la emisora. A OTROS COLEGAS Reconocer el trabajo informativo ajeno y dar los créditos correspondientes. A OTROS MEDIOS Si la información es un esfuerzo colectivo, la solidaridad debe caracterizar a quienes informan. Los medios de comunicación, especialmente los de la localidad, aprenderán a trabajar en red. Una radio que cumpla estos criterios gozará de un merecido reconocimiento por parte de la audiencia. 12.- LEY DE PRENSA SOBRE LIBERTADES DE OPINION E INFORMACION Y EJERCICIO DEL PERIODISMO De las formalidades de funcionamiento de los medios de comunicación social. Artículo 9°.- Tratándose de personas jurídicas, éstas deberán tener domicilio en Chile y estar constituidas en el país o tener agencia autorizada para operar en territorio nacional. Su presidente y sus administradores o representantes legales deberán ser chilenos y no haber sido condenados por delito que merezca pena aflictiva .Todo medio de comunicación deberá proporcionar información fidedigna acerca de sus propietarios, controladores directos o indirectos, arrendatarios, comodatarios o concesionarios, según fuere el caso. Artículo 10.- Los medios de comunicación social deberán tener un director responsable y, a lo menos, una persona que lo reemplace. Artículo 13.- Todo impreso, grabación sonora o producción audiovisual o electrónica realizados en el país y destinados a la comercialización, deberá incluir el nombre de la persona responsable o establecimiento que ejecutó la impresión o producción, así como el lugar y la fecha correspondiente, sin perjuicio de cumplir, en su caso, con los demás requisitos fijados por la ley Artículo 15.- Los servicios de radiodifusión sonora o televisiva de libre recepción y los servicios limitados de televisión, respecto de sus programas de origen nacional, estarán obligados a dejar copia o cinta magnetofónica y a conservarla durante veinte días, de toda noticia, entrevista, charla, comentario, conferencia, disertación, editorial, discurso o debate que haya transmitido. Título IV Del derecho de aclaración y de rectificación Artículo 16.- Toda persona natural o jurídica ofendida o injustamente aludida por algún medio de comunicación social, tiene derecho a que su aclaración o rectificación sea gratuitamente difundida, en las condiciones que se establecen en los artículos siguientes, por el medio de comunicación social en que esa información hubiera sido emitida. Artículo 17.- El ofendido o injustamente aludido por un servicio de radiodifusión sonora o televisiva de libre recepción o un servicio limitado de televisión tendrá derecho, pagando sólo el valor del material que se emplee en la reproducción o proporcionando el que se usará para ello, a requerir directamente la entrega de una copia fiel de la transmisión a que se refiere el artículo 15, la que deberá ser puesta a su disposición dentro de quinto día. Artículo 18.- La obligación del medio de comunicación social de difundir gratuitamente la aclaración o la rectificación regirá aún cuando la información que la motiva provenga de una inserción. Las aclaraciones y las rectificaciones deberán circunscribirse, en todo caso, al objeto de la información que las motiva y no podrán tener una extensión superior a mil palabras o, en el caso de la radiodifusión sonora o televisiva de libre recepción o servicios limitados de televisión a dos minutos. Artículo 19.- En el caso de servicios de radiodifusión sonora o televisiva de libre recepción o servicios limitados de televisión, la aclaración o la rectificación deberá difundirse en el mismo horario y con características similares a la transmisión que la haya motivado. La difusión destinada a rectificar o aclarar se hará, a más tardar, en la primera edición o transmisión que reúna las características indicadas y que se efectúe después de las veinticuatro horas siguientes a la entrega de los originales que la contengan

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